Publicado: 3 de Septiembre de 2024

¡VUELTA AL COLE!


Empezamos el mes de septiembre cargadas de novedades. Con la vuelta al cole os queremos informar de la prestación económica de tratamiento óptico-optométrico que ofrece la Comunidad de Madrid a niños menores de 14 años.


• ¿En qué consiste la ayuda?


El tratamiento incluido para compensar el defecto refractivo (miopía, hipermetropía, astigmatismo) es mediante el producto sanitario: gafa graduada monofocal básica.

Del coste de la realización de estas gafas, el Servicio Madrileño de Salud aportará como máximo 55 euros, IVA incluido. En el caso de que se admitan unas gafas de un coste mayor, se deberá aceptar el presupuesto de las mismas según el anexo III del Convenio de colaboración de 10 de junio de 2024, entre el Servicio Madrileño de Salud y el Colegio Nacional de Ópticos-Optometristas, para la asistencia sanitaria en materia de salud visual a la población menor de 14 años en la Comunidad de Madrid.

La prestación, se hace una vez al año a cada menor. En el caso de que este convenio se vuelva a firmar para siguientes ejercicios, el tiempo transcurrido entre la prestación recibida en el año anterior y la correspondiente al año en curso, debe ser superior a 12 meses tomando como referencia la fecha en la que se ha accedido a recibir la primera prestación.


• ¿Quién pude acceder a esta ayuda?

Los niños menores de 14 años residentes en la Comunidad de Madrid que dispongan de tarjeta sanitaria.


• ¿Dónde debo acudir para solicitar esta ayuda para mi hijo?


El acceso a los servicios de óptica y optometría se realizará:

  • En el caso de menores para continuar el tratamiento con gafas correctoras: a través de los ópticos-optometristas en los establecimientos sanitarios de óptica en los que prestan sus servicios profesionales adheridos a este convenio. Acceda al buscador de establecimientos de óptica y ópticos-optometristas adheridos al Convenio.
  • En el caso de los menores en los que en la revisión del programa niño sano de Atención Primaria se detecte un posible defecto visual: se derivará al servicio de oftalmología del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) quien valorará la necesidad o no de prescribir gafas correctoras, en cuyo caso emitirá un informe que se entregará a los padres o tutores para que acudan al establecimiento sanitario de óptica.


En el establecimiento de la óptica adherido, se hará un examen visual optométrico por el profesional sanitario óptico-optometrista adscrito, a partir del que se considera la necesidad de llevar unas gafas graduadas para compensar su déficit visual, o aportar prescripción del oftalmólogo u óptico-optometrista no adherido al Convenio, para la adaptación individualizada de dicho producto sanitario.


• ¿Qué documentación debo aportar para acceder a esta ayuda?


-Tarjeta Sanitaria Pública del Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid.